Operaciones entre contribuyentes.
Nota de Crédito de e-Factura
Nota de Débito de e-Factura
Consumidor Final.
Nota de Crédito de e-Ticket
Nota de Débito de e-Ticket
Operaciones de exportación.
Nota de Crédito de e-Factura Exportación
Nota de Débito de e-Factura Exportación
Respaldar las retenciones y percepciones de impuestos realizadas por los sujetos pasivos.
Movimiento de mercadería.
Entre emisor, receptor y DGI por medios electrónicos, firmados electrónicamente por certificados digitales.
Sujeto pasivo autorizado por DGI a generar comprobantes fiscales electrónicos (CFE).
Quien está autorizado a recibir comprobantes fiscales electrónicos (CFE).
Dirección General de Impositiva.
Aquel receptor que no es emisor de comprobantes fiscales electrónicos (CFE), también denominado receptor manual.
Teniendo un
increíblemente siguiendo las tendencias web creativas y modernas para proporcionar la mejor experiencia, elegante, limpia e intuitiva para los usuarios de su empresa dentro de la web.Con un
, le permite facturar de forma tradicional o electrónica desde cualquier dispositivo y no requiere de otros programas.Consultas on-line de todos los documentos almacenados de forma rápida y sencilla.
Todos los datos seguros, disponibles en cualquier lugar y desde cualquier momento.
Esto también garantiza que toda la información esté segura en servidores con disponibilidad.
Algunas de las funciones principales que tiene:
Para su envío a DGI y contribuyentes.
Actualización permanente de acuerdo a nuevas resoluciones de DGI.
Seleccionando indicador de facturación, descuentos o recargos ya sea por ítem o general, forma de pago (contado o crédito), moneda con cotización, entre otras cosas.
Permite el ingreso de Comprobantes Fiscales de Contingencia – CFC. Para ingresar manualmente cada uno de los documentos de contingencia emitidos en caso de fallas de comunicación o envío con DGI.
Identificador de emisores electrónicos autorizados, con sus correspondientes direcciones de correo declaradas en DGI para la comunicación entre emisor y receptor.
Visualizar los comprobantes emitidos con información, reimpresión y estado de envió a DGI.
Visualizar el grupo de comprobantes emitidos por día enviados a DGI con detalle de totales, cantidad de documentos y numeración por comprobantes.
Visualizar comprobantes de contribuyentes (clientes o proveedores), minimizando la digitalización de la información y optimizando controles.
Acuse de recibo y posibilidad de aceptación o rechazo de los comprobantes recibidos, de acuerdo a las definiciones que DGI ha establecido para el intercambio de información entre emisor y receptor.
Almacenamiento y control de acceso del archivo Constancia de Autorización para la Emisión de CFE (CAE). Archivo informático generado y firmado electrónicamente por DGI, el cual contiene el rango de numeración autorizado para el CFE.
La operatoria interna es totalmente
para el usuario y todo el proceso se realiza en forma totalmente automática.Integrable con cualquier ERP o programa de facturación existente en la empresa y para aquellos que no cuenten con sistema de facturación.
El número con que se generó el CFE ha sido autorizado por la DGI; los datos principales del CFE no han sido alterados
y el CFE fue efectivamente generado por el emisor electrónico correspondiente.
Las impresiones de los comprobantes fiscales deberán incluir una imagen Código QR (código de barras bidimensional) que es la implementación elegida para la representación del sello digital.
El sello digital contiene los siguientes datos:
Incorporación de la firma electrónica avanzada en los comprobantes fiscales electrónicos.
Utilización del certificado electrónico reconocido y el acceso a su clave privada.
El emisor es responsable absoluto de su Firma Electrónica Avanzada, de igual manera que lo es una persona física de su firma ológrafa. Esta firma se encuentra constituida por un conjunto de caracteres que acompaña a un Comprobante Fiscal Electrónico (CFE), que se origina a partir del documento y que además de permitir asegurar la “identidad” y el “no repudio” del Emisor, garantiza la integridad del CFE.
Tanto la DGI como el receptor de la factura, pueden estar seguros que la firma fue realizada con la clave privada que corresponde a la persona jurídica propietaria del mismo. Esto se garantiza por el Certificado Electrónico Reconocido, aquel que fue expedido por un prestador de servicios de certificación acreditado ante la Unidad Certificadora Electrónica con inscripción vigente en el Registro de Prestadores de Servicios de Certificación Acreditados, de acuerdo a lo establecido en la Ley 18.600.
De acuerdo a la Resolución N° 3.012/2015, las empresas cuyas ventas superen los importes determinados
en el siguiente cuadro dispondrán de plazo para postularse al régimen de Facturación Electrónica.
Como también los contribuyentes que hayan iniciado sus actividades luego del 30/07/2019.
El proceso de postulación, testing, homologación y salida en producción en facturación electrónica lleva aproximadamente entre 3 y 4 meses
(la DGI proporciona 6 meses de plazo desde la postulación al sistema)
Por otro lado, nuestro equipo de expertos en infraestructura tecnológica realiza un relevamiento del equipamiento existente y se presenta un informe en caso de necesitar.
Si es necesario adquirir equipamiento y lo deseas puedes hacerlo con nosotros.
¡Una solución para cada tipo de empresa y al mejor precio!
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BENEFICIOS FISCALES
Exoneración de IRAE (Impuesto a las Rentas de Actividades Económicas) por un máximo del 50% del monto efectivamente invertido inicialmente para la puesta en marcha
del sistema da facturación electrónica, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Nº 324/11 de 14/09/2011 y la Resolución Nº 4126/2015.
Exoneración del IP (Impuesto al Patrimonio) de los bienes promovidos hasta el término de su vida útil (software y hardware destinado a facturación electrónica).